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Otras respuestas a la crisis de la democracia representantiva: comunitarismo, republicanismo, democracia semidireta (participativa) y democracia constitucional reforzada


Foto de Robert Dahl. Tomada del texto: "Robert Dahl and the Future of Democracy, A Year and a Half After His Passing", Yale University Press, 2015.

Otro de los teóricos más importantes del Siglo XX, Robert Dahl, en "La democracia y sus críticos" propone una serie de requisitos necesarios e ideales para la democracia funciona, que sintetiza en 5 criterios: 

1) La inclusión de todos los afectados 

2) Oportunidades igualmente distribuidas e igualmente eficaces de la participación en el proceso político 

3) Igual derecho al voto en decisiones 

4) El mismo derecho a la elección de temas y en general de control del orden del día, 

5) Una situación tal, en que todos los implicados a la luz de las informaciones suficientes y de buenas razones, puedan formarse una comprensión en conflicto. La última exigencia concierne al nivel de información y el carácter discursivo de la formación de la voluntad política. (Robert Dahl, La democracia y sus críticos). 

En este sentido explicaría que,

 "Todo ciudadano debe tener la oportunidades adecuadas e iguales de formarse y validar (en materia de lo que se vaya a decidir) aquella opinión y voluntad que mejor sirva a los intereses del ciudadano (...) En la medida en que el bien y los intereses de un ciudadano exijan atención al bien público y al interés general, el ciudadano debe tener la oportunidad de adquirir la comprensión de esas materias". 

A ello han de servir en especial discusiones públicas y procesos públicos de ilustración. 

En este camino sigue la idea de Dewey de ver el proceso democrático de elección, incluso el democracia semidirecta como un proceso complejo en donde al menos el ciudadano tiene que: 

1. Decidir la agenda. Es decir poder decidir los puntos que se van a someter al debate con un orden de prelación. 

2. Poder participar y en las mismas condiciones en los debates de lo que se va a decidir. En este caso bajo la promoción de la formación y finalmente, 

3. La toma de la decisión. Si se cree que la democracia, funciona con la regla de la mayoría sin los previos elementos expuestos, sería una forma de democracia deficitaria y no plena. 

Existen además de las propuestas deliberativas de las democracias otros salidas o respuestas a la crisis de la democracia representativa desde dos perspectivas: (i) el republicanismo  y (ii) el comunitarismo

1) El republicanismo 

Foto de Hannah Arendt 

El republicanismo viene de las propuestas de John Dewey, Hannah Arendt, Charles Taylor, Carol Pateman, Greame Duncan, que pretenden establecer la idea de que se debe ser y ejercer los deberes de la ciudadanía democrática todos los días. Una idea que se complementa con los trabajos de Skinner, Pocock, Pétit que parten de la observación y análisis de un historicismo conceptual, el significado de "República" desde Aristóteles, los romanos y sobretodo en la época de las Repúblicas descritas por Maquiavelo, como es el caso de la República de Florencia a mediados del siglo XVI.  

Como lo expone Ambrosio Velasco en su texto: "Democracia liberal y Democracia republicana"

"En el siglo XX, John Dewey, Hannah Arendt, Charles Taylor, Carol Pateman, Greame Duncan, entre otros, han sido defensores destacados de la democracia participativa o republicana. Para ellos, la aparición del ciudadano en el espacio público y la manifestación de sus diferencias son condición fundamental para la vida democrática. Si esta virtud ciudadana no existe en las naciones liberales, habría de concluir que no pueden ser Estados democrático. En este sentido, la teoría republicana de la democracia tiene, ante todo, una orientación crítica y normativa. La teoría no sólo intenta ajustarse a la evidencia empírica, sino más bien orientar la acción política para transformar aquellos aspectos de la realidad que la teoría cuestiona o critica" (p. 77).  

En este caso la ciudadanía "en la tradición republicana, el ciudadano no es un mero elector, sino una persona que participa de manera continua en las decisiones que afectan la vida de su comunidad. Votar es una de estas acciones participativas, pero no la única ni la más importante. La participación política continua y responsable no sólo es un derecho de todo ciudadano, sino también un deber fundamental. Sólo mediante el cumplimiento de este deber la persona es políticamente libre. Es precisamente esta libertad política, o libertad positiva de los ciudadano, la que garantiza su libertad individual y privada (libertad negativa)". (Ibíd, p. 78). 

Por otra parte en materia de derechos

"En oposición al modelo democrático liberal, el modelo republicano no afirma como principio fundamental la igualdad, sino el reconocimiento de las identidades culturales diversas. Este principio pone el énfasis en la igualdad de valor y respeto en la comunidades, y secundariamente en el individuo. Dicha prioridad se debe, precisamente, a que la tradición republicana concibe al individuo como miembro de una comunidad, de una cultura que lo precede y dentro de la cual define su curso de la vida, sus valores fundamentales, sus derechos básicos como persona. La igualdad entre otros de los derechos de los individuos es una igualdad de segundo nivel, que depende de la igualdad entre las culturas con identidad propia. La autonomía de los individuos, está subordinada a la autonomía de las comunidades a las que pertenecen". (Ibíd., p. 78).

Por lo tanto, "... la canasta de derechos de cada comunidad relevante no necesita ser la misma. Seguramente, habrá algunos derechos fundamentales compartidos por todas las comunidades dentro de un Estado, pero también habrá derechos específicos de cada comunidad que garanticen su supervivencia. En consecuencia, en el modelo republicano se reconoce una ciudadanía diferenciada en cuanto es necesario reconocer derechos especiales a diferentes tipos de persona dentro del Estado" (Ibíd, p. 78). 

Así mismo la virtud política para la propuesta republicana,  

"La virtud cívica es, ante todo, el cumplimiento del deber ciudadano de participar de manera continua y responsable en el debate y decisiones de la comunidad política pertinente. El marco legal e institucional constituye un andamiaje en apoyo a la participación ciudadana, pero de ninguna manera este marco es por sí mismo suficiente para garantizar la vida democrática. El foro más adecuado para la participación ciudadana son las asambleas, donde cada ciudadano puede participar directamente con voz y voto, y contribuir a la formación de consensos. Ahora bien, dado que en las sociedades contemporáneas la participación directa de la ciudadanía es imposible más allá de ámbitos muy locales, la representación política toma una especial relevancia".  

Por su parte con relación a la representación política desde la perspectiva republicana, "...debe reflejar de manera más fiel los intereses y opiniones de los representados, y éstos deben vigilar y controlar el comportamiento de sus representantes. En este modo, el representante se asemeja a un agente con poco ámbito de decisión propia...". 

En este sentido, "Dada la multiplicidad de grupos y comunidades que constituyen el pueblo de un Estado, es necesaria una amplia y equitativa representación política, tanto de las legislaturas locales  como en la nacional. A este propósito, además de un sistema de representación proporcional, es menester otorgar derechos especiales de representación a grupos minoritarios". (p. 79).

Igualmente sobre el presupuesto de la "Cultura e identidad nacional", "El respeto por la multiplicidad cultural de las comunidades dentro de un Estado, y la representación proporcional con fuertes vínculos y controles de los representados sobre los representantes implica una gran descentralización política. A este respecto, la democracia republicana enfatiza la importancia e un auténtico federalismo, donde el ámbito temático del gobierno federal central sea muy limitado en comparación con los gobiernos locales. De esta manera, el Estado se adecua a la pluralidad social y cultural de la nación (nación cultural), a diferencia de lo que ocurre en la democracia liberal, que o bien es ciega a las diferencias culturales, o bien promueve una homogeneización de la identidad nacional que muchas veces reprime culturas y tradiciones sociales autóctonas (nación estatal). 

Sin embargo, sobre esta propuesta de nación cultural, se tiene un riesgo según Velasco, "El modelo republicano no está exento de riesgos que ponen en peligro la libertad. Un gran riesgo es, precisamente, que la identidad cultural de cada comunidad relevante asfixie y reprima la libertad y autonomía de las personas de la comunidad. Se trata de un riesgo a menor escala, pero con igual o mayor intensidad que la represión de identidades y autonomías locales en aras a una identidad nacional. La tradición liberal ha señalado este riesgo de la tradición republicana, sin reparar también el liberalismo adolece de este problema a escala mayor" (p. 80). 

Velasco compara el  modelo liberal con el republicano en sus características de la siguiente manera: 

El modelo liberal: Tiene orientación predominantemente descriptiva, donde el ciudadano es más un sujeto pasivo de derechos que son generales y universales. El principio de democracia se basa en la democracia representativa donde se busca la independencia del representante para buscar el interés nacional. El carácter de la Nación es una idea que busca la homogeneidad y elimina la diferencia, en donde en muchos casos predomina la centralización. 

Por su parte la propuesta republicana, se basa principalmente en un sujeto activo de derechos. y obligaciones cívicas, en donde se tenga derechos diferenciales iguales para todos los individuos. para diversas comunidades. Se habla de la "Virtud cívica" que se basa en el deber y la búsqueda de la pluralidad cultural y la descentralización o federalización o reconocimiento de autonomías.

2) Comunitarismo: Aunque existen diferencias entre la Democracia Republicana y el Comunitarismo, también existe una relación directa entre una y otra: 

En primer lugar como afirma Juan Francisco Lisón en el texto "Democracia republicana y comunitarismo" existe: 

a) Una orientación filosófico-moral, que somete a una crítica metódica y moral la fundamentación individualista de la sociedad y de las normas sociales características de la autocomprensión racionalista "de la" (o de una determinada) Modernidad". 

b) Un defensor de la idea de comunidad como "un conjunto de individuos que (1) comparten entre sí, total o parcialmente, una vida o forma de vida, (2) concede - y es consciente y cada uno es consciente de que los otros lo son - valor intrínseco a esta vida común o forma de vida; (3) siente, o está dispuesta a sentir, algún grado de alta consideración de uno respecto a otro; (4) coopera, o está dispuesta a cooperar, uno con otro para preservar y favorecer la vida común o forma de vida". 

c) Una filosofía práctica que supone "que la propia existencia del individuo y de sus derechos sólo es posible en el seno de solapadas e interdependientes comunidades; el de que la persecución exclusiva del interés privado erosiona la convivencia de la comunidad y hace inviable el proyecto democrático; el de que, en definitiva, "los derechos de los individuos no pueden preservarse durante mucho tiempo sin una perspectiva comunitaria...", que reconoce la dignidad humana individual como su dimensión social. (p. 99). 

Se indica que los supuestos a), b) y c) excluyen cualquier forma de totalitarismo o de fundamentalismo. Asimismo destierran la posibilidad de comunidades excluyentes, justificando su idea de humanidad la tendencia moral cosmopolita. 

Explica Lisón que, "La democracia republicana propuesta el Comunitarismo elimina, pues, las dos principales dificultades a las que se enfrenta la democracia liberal procedimental: una, la idea de individuo como yo independiente y neutral que vacía de contenido la vida moral y política; como alternativa propone la acción política de educar en la identidad ciudadana a través de las diversas comunidades a las que el individuo pertenece. La otra dificultad, la falta de motivación en los individuos para la práctica política, dado que la acción moral y política exige la existencia en el individuo de un impulso cuyo origen trasciende al puro egoísmo racional; nuestra experiencia personal y la historia son testigos de la deuda que tienen las motivaciones con los usos, las costumbres, la vida en sociedad".

3) Democracia participativa (Semidirecta): La democracia semidirecta o participativa se convierte en otro de los recursos transformadores para contener la crisis de la democracia representativa. Lo que se busca es crear una serie de mecanismos de participación ciudadana en donde se consulte al pueblo de una manera directa sobre si está de acuerdo en aprobar una ley, una decisión política o una política pública. 

Así se empieza a implementar dentro de las constituciones mecanismos de participación ciudadana además del voto, como el plebiscito, el referendo y la consulta popular. También otro tipo de mecanismos como el de iniciativa popular legislativa, el cabildo abierto y la revocatoria del mandato. 

La Constitución colombiana de 1991 establece en el artículo 1 que, 

"Colombia es un Estado social de derecho organizado en forma de República unitaria, descentralizada, con autonomía de sus entidades territoriales, democrática, participativa y pluralista, fundada en el respeto de la dignidad humana, en el trabajo y la solidaridad de las personas que la integran y en la prevalencia del interés general". 

Del mismo modo en el Titulo IV de la Constitución "De la participación democrática y de los partidos políticos" se indica en el artículo 103 que; 

"Son mecanismos de participación del pueblo en ejercicio de su soberanía: el voto, el plebiscito, el referendo, la consulta popular, el cabildo abierto, la iniciativa legislativa y la revocatoria del mandato. La ley los reglamentará

El Estado contribuirá a la organización, promoción y capacitación de las asociaciones profesionales, cívicas, sindicales, comunitarias, benéficas o de utilidad común no gubernamentales, sin detrimento de su autonomía con el objeto de que constituyan mecanismos democráticos de representación en las diferentes instancias de participación, concertación, control y vigilancia de la gestión pública". 


El problema que indica Dahl de este tipo de mecanismos como el referendo, el plebiscito o la consulta popular es que no se trata de una democracia integral que supone el control de la agenda, la deliberación, sino que lo único que se implementa es la decisión final con un voto positivo o negativo que se puede muchas veces manipular. 

4) Democracia Constitucional. Después de las experiencias totalitarias, principalmente en Alemania e Italia, se comprueba como la democracia de mayorías puede convertirse en un riesgo. La democracia puede acabar con los propios principios de la democracia de la garantía de la libertad, igualdad, la elección periódica y el control del poder. 

De esta manera se empieza a fortalecer la idea de que la Constitución se convierte en un "Coto vedado" (Garzón Valdés) en una "esfera sobre lo indecidible" (Luigi Ferrajoli) o el mástil de Ulises de los que habla Jon Elster.  La idea de esta propuesta es que se sostiene la democracia de mayorías, pero con la protección de los derechos de las minorías y de la democracia misma en la Constitución que controla cualquier amenaza con Cortes Constitucionales fuertes, cláusulas pétreas, rigidez constitucional - sistemas de reforma constitucional más fuerte de los aspectos más sensibles de la democracia y los derechos, e incluso con la posibilidad de declarar reformas constitucionales inconstitucionales (doctrina de la sustitución en Colombia) y la limitación de los estados de excepción para restringir el autoritarismo. 

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